
En el juicio que se viene llevando a cabo contra parte de los genocidas del
Centro Clandestino de Detención y Exterminio Brigada de San Justo (BSJ), la querella Justicia Ya La Plata que integra la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos (AEDD junto a otros organismos de derechos Humanos consiguió un importante avance al lograr que se juzgue a los imputados por homicidios y por delitos sexuales que no habían sido incorporados al inicio del juicio. Por pedido de Justicia Ya! La Plata y de la Fiscalía, al que adhirieron otras querellas, el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, integrado por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega, por unanimidad concedió la ampliación por delitos sexuales en nueve casos, algunos de los cuales pedimos solo nosotros, (los fiscales no lo hicieron por ajustarse al concepto de delito de instancia privada, que requiere
la autorización expresa de la víctima para la acusación), distinto al sustentado y finalmente aceptado por el que abogó nuestra querella que los considera como delitos específicos cometidos dentro del Plan Sistemático y de Genocidio, por lo cual deja de ser de índole privada para ser de instancia pública, al igual que el resto de los cometidos durante la dictadura cívico-militar-eclesiástica. Tenemos claro que este importante avance viene de la mano de la marea verde producida por la inmensa lucha de las mujeres contra todas las violencias hacia ellas. También logramos la ampliación por los homicidios cometidos contra los y las siete compañeros y compañeras integrantes de la UES, fusilados durante su cautiverio en BSJ, así como dos casos de compañeros asesinados durante la tortura. Este logro es muy importante, ya que BSJ se elevó a juicio con el criterio de ser un CCD solo de tortura y de paso, no de un lugar donde se cometieron, al igual que en la inmensa mayoría de ellos, homicidios.
Conjuntamente con este avance conseguido, debemos denunciar que una
vez más los tribunales juzgadores se niegan a incorporar los casos que, maliciosamente y como parte de la continuación de la impunidad, no fueron elevados desde instrucción.. Tal es así que, por nombrar a modo de ejemplo, no fue aceptado nuestro pedido por que sean incorporados al juicio los homicidios de JUAN VENTURA RODRÍGUEZ Y EPIFANIA RAMÍREZ, quienes fueron asesinados en el mismo operativo en que fue secuestrado su hijo ENRIQUE RICARDO RODRIGUEZ RAMIREZ (Pluma) quien luego fuera asesinado con el grupo UES y del que logramos que se incorpore su caso como homicidio. Así también el tribunal tampoco hizo lugar al pedido de incorporación como caso de homicidio, el de JOSE REINALDO RIZZO, cuyo cuerpo fue reconocido por el Equipo Argentino de Antropología Forense en 2009, en este caso con el argumento de que su homicidio fue en otro CCD por lo que no tuvieron en cuenta la participación necesaria y el conocimiento sobre que se entregaba a los desaparecidos con la posibilidad cierta de que fueran asesinados.
El tribunal (por mayoría) tampoco accedió a incorporar todos los casos de
Privación de la Libertad y Tormentos a muchos de los familiares que fueron
secuestrados para arrancarles bajo tortura la ubicación de sus hijos o hermanos que eran buscados para desaparecerlos. Así también negó la posibilidad de juzgar a los genocidas de BSJ por su participación y autoría en la apropiación a María Victoria Moyano Artigas a pesar de que sus padres pasaron por ese CCD y que fue apropiada por el comisario de BSJ y atendida por el médico genocida de esa dependencia. Lo mismo surge de la negativa de incorporar los casos de María José Lavalle Lemos y el de Paula Logares, todos de similares características en cuanto al paso de sus madres y relación con los apropiadores.
Desde la AEDD seguimos comprometiendo nuestra lucha por la unidad para
lograr el JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS.
JUSTICIA POR TODOS Y TODAS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DETENIDOS – DESAPARECIDOS.
SON 30.000. FUE GENOCIDIO
NO OLVIDAMOS, NO PERDONAMOS NO NOS RECONCILIAMOS